El uso de cámaras de seguridad es cada vez más común en España, tanto en lugares de trabajo como en entornos privados como hogares y comunidades. Sin embargo, la videovigilancia tiene una normativa muy estricta, especialmente en lo que se refiere a la captación, tratamiento y protección de datos personales. Te aclaramos qué, cuándo, dónde y cómo se puede grabar. Y cuando no.
En España la videovigilancia y su normativa se rigen principalmente por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como por el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea. En el caso de la videovigilancia en el trabajo o en la empresa, también se debe tener en cuenta el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Con tantas y tan estrictas regulaciones al respecto, una empresa de asesoría legal sobre tratamiento y protección de datos es de gran importancia para todas aquellas empresas -o particulares- que desean instalar un servicio de videovigilancia.
Videovigilancia en el trabajo o empresa
Si tienes instalado o tienes pensado instalar un sistema de videovigilancia de seguridad en tu empresa, ten en cuenta que ha de existir una justificación clara y legítima, como protección de los bienes de la empresa, la seguridad de los empleados o el control de su productividad.
Respecto a los lugares donde se puede grabar es conveniente saber que:
- Las zonas videovigiladas deben estar claramente señalizadas y definidas
- Los trabajadores deben ser informados de manera clara y explícita de la existencia de cámaras y su finalidad
- Está expresamente prohibido grabar en zonas privadas como aseos o vestuarios
- No se pueden grabar conversaciones privadas, audio ni invadir la intimidad de los empleados
- Solo se puede grabar la calle si la imagen capturada se encuentra dentro del área de propiedad privada de la empresa
- Si la cámara está ubicada en la fachada de la empresa, se debe evitar que se capturen imágenes de la calle
- Solo se podrá grabar a clientes o personas ajenas a la empresa en espacios donde se les informe debidamente, y siempre y cuando sea por una causa legítima como la seguridad de las instalaciones o la prevención de delitos.
Además, quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad es solo personal autorizado y para el propósito legítimo con que se recopilaron, y deben almacenarse exclusivamente el tiempo necesario, y nunca más de un mes salvo que sea necesario por alguna investigación.
Por último, tanto empleados como clientes tienen derecho a exigir el acceso a las imágenes en que aparecen, y solicitar el borrado de aquellas que no sean necesarias para el propósito con el que se grabaron.
Videovigilancia en el hogar y lugares privados
En caso de tratarse de lugares privados como puede ser una casa o comunidad, las leyes de protección de datos son igual de estrictas. Así, solo se podrán instalar cámaras de seguridad si existe una justificación clara y legítima para hacerla, como la protección de la propiedad o la seguridad de las personas, y éstas no podrán invadir la privacidad de vecinos y otras personas que puedan ser grabadas. Por ello, no se pueden instalar cámaras de seguridad que apunten directamente a la calle o a otra propiedad.
Respecto al tratamiento de los datos personales, sólo el propietario de la casa es quien puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad además del personal autorizado de la empresa de videovigilancia. Las imágenes, como en el caso de un sistema de videovigilancia laboral, deben borrarse en el plazo máximo de un mes.
Obligaciones de la empresa de videovigilancia
Por su parte, las empresas de seguridad que instalan las cámaras de seguridad deben adoptar medidas adicionales para asegurar:
- La integridad de los equipos, tanto de captación como de almacenamiento de los datos
- La seguridad de los propios datos personales almacenados, evitando cualquier uso indebido o ilegal de los mismos
- La correcta gestión y eliminación de los datos personales recopilados.
Solo de este modo se puede garantizar, no solo que se respetan los derechos de las personas que aparecen en las imágenes, sino que las grabaciones tienen toda su validez legal.
¿Los vídeos de seguridad son válidos en un juicio?
Este último punto es de gran importancia si tenemos en cuenta que uno de los motivos principales para instalar un sistema de videovigilancia es precisamente la prevención de delitos, o servir como prueba documental en el caso de cometerse alguno.
En este sentido, las imágenes grabadas por una cámara de videovigilancia, si cumplen la normativa de protección de datos personales SÍ se pueden usar como prueba, siempre y cuando no hayan sido alteradas o manipuladas de ninguna forma. Si se utilizan de manera ilegal o inapropiada, pueden ser descartadas por el juez y no se admitirán como evidencia en el juicio.